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Todas las operaciones de micrófonos
inalámbricos (y de dispositivos similares certificados como
“estaciones auxiliares de baja potencia”) que operan en
frecuencias entre los 698 y 806 MHz (la Banda de 700 MHz) deben
cesar a más tardar el 12 de junio de 2010 – un año después de
concluida la transición a la televisión digital (DTV) – para
evitar interferencias que dañen los nuevos servicios de seguridad
pública y de banda ancha inalámbrica proporcionados en la Banda de
700 MHz. Entre los dispositivos similares (por ejemplo, equipos
para estaciones auxiliares de baja potencia) se incluyen los
citófonos o porteros automáticos inalámbricos, los monitores
inalámbricos con auriculares internos (“IEM”), los enlaces
inalámbricos de instrumentos de audio y los equipos inalámbricos
para afinar instrumentos (también conocidos como “IFB”). Las
operaciones de micrófonos inalámbricos fuera de la Banda de
700 MHz no serán afectadas por esta acción y pueden continuar.
Todos los usuarios de micrófonos
inalámbricos (y dispositivos similares) en la Banda de 700 MHz –
incluyendo teatros, iglesias, colegios, centros de conferencias,
parques de diversión y músicos – deberán resintonizar o
reemplazar, si es necesario, sus equipos a más tardar el 12 de
junio de 2010.
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Antecedentes
Para asegurar que los
nuevos servicios de seguridad pública y comerciales de banda
ancha inalámbrica puedan operar efectivamente, la Comisión
Federal de Comunicaciones (FCC, por sus siglas en inglés)
prohibió, a partir del 15 de enero de 2010, la importación,
venta, oferta de venta o envío de micrófonos inalámbricos (y
dispositivos similares) para su uso en la Banda de 700 MHz
en Estados Unidos. La FCC también adoptó una serie de
salvaguardias para el consumidor destinadas a los usuarios
de micrófonos inalámbricos, las que informan a los
consumidores sobre sus derechos y obligaciones al operar
micrófonos inalámbricos. Finalmente, la FCC está realizando
una campaña de llegada directa a los consumidores para
ayudar a los usuarios de micrófonos inalámbricos a
identificar si poseen un micrófono inalámbrico en la Banda
de 700 MHz e informar a los usuarios respecto a cómo les
afectará las normas de la FCC. |
La operación de todos
los micrófonos inalámbricos (y dispositivos similares)
en Banda de 700 MHz debe cesar a más tardar el 12 de junio de 2010
Todos los usuarios de micrófonos inalámbricos
(y de dispositivos similares) – incluidos tanto aquellos que
poseen licencia (bajo “Part 74”) como quienes no la poseen – deben
cesar operaciones en la Banda de 700 MHz a más tardar el 12 de
junio de 2010, en cumplimiento con el objetivo que por largo
tiempo ha tenido la FCC, de poner ese espectro a plena disposición
de los usuarios con licencia, pertenecientes a los sectores de
seguridad pública y comercial y a los clientes a quienes sirven
tales usuarios. Sin embargo, los micrófonos inalámbricos y otros
dispositivos pueden continuar operando en las principales bandas
de televisión (los canales 2 al 51, excepto el canal 37).
Posiblemente algunas operaciones deban cesar anticipadamente
Si un usuario con licencia, de los sectores
de seguridad pública o comercial, ha iniciado o iniciará
operaciones en la Banda de 700 MHz, en algunos mercados en
particular, antes del 12 de junio de 2010, a los usuarios de
micrófonos inalámbricos (y de dispositivos similares) en esos
mercados se les exigirá cesar operaciones anticipadamente,
sujetos al siguiente proceso de despeje anticipado.
Proceso de despeje anticipado
A partir de este momento y hasta el 12 de
junio de 2010, un poseedor de licencia para operar en la Banda
de 700 MHz, de los sectores de seguridad pública o comercial,
puede notificar a la FCC que iniciará operaciones, incluyendo
pruebas o ensayos del uso de sus sistemas o frecuencias en (un)
mercado (s) en particular. Una vez efectuada dicha notificación,
la FCC emitirá un aviso público que estará disponible en el
sitio de la FCC en Internet
www.fcc.gov/cgb/wirelessmicrophones/welcomeSpanish.html y
que identifica el área (o áreas) del mercado afectada (s). Los
usuarios de micrófonos inalámbricos (y de dispositivos
similares) en esas áreas deben cesar operaciones dentro de los
60 días siguientes a la fecha de publicación del aviso.
Adicionalmente, a partir de este momento y
hasta el 12 de junio de 2010, cualquier usuario con licencia en
banda de 700 MHz, de los sectores comercial o de seguridad
pública, tiene la opción de notificar a cualquier entidad que
opere micrófonos inalámbricos (o dispositivos similares) sobre su
intención de iniciar operaciones en frecuencias específicas, en el
mercado en que opera el usuario del micrófono inalámbrico (o
dispositivo similar).
Tras recibir dicha notificación, el usuario
del micrófono inalámbrico (o dispositivo similar) en el área del
mercado que resulte afectada debe cesar operaciones dentro de los
60 días siguientes.
Los usuarios con licencia, de los sectores
comercial o de seguridad pública, que hayan iniciado operaciones
en la Banda de 700 MHz pueden, a partir del 15 de enero de 2010,
seguir los mismos procedimientos de notificación, generando la
misma obligación de suspensión de operaciones dentro de los
siguientes 60 días para los usuarios de micrófonos inalámbricos (o
dispositivos similares).
En el caso de que sean usadas ambas
disposiciones de notificación para avisar al usuario en particular
de un micrófono inalámbrico o dispositivo similar, al usuario se
le exigirá cesar operaciones en el o los mercado (s) afectado (s),
en base al aviso que implique la suspensión más temprana de tales
operaciones.
Cualquier micrófono inalámbrico
que cause interferencia en la Banda de 700 MHz debe cesar
operaciones inmediatamente
Más allá de cualquier mecanismo de despeje
anticipado mencionado aquí, los usuarios de micrófonos
inalámbricos (y dispositivos similares) que causen interferencia
dañina a usuarios de los sectores comercial o de seguridad
pública, con licencia para operar en la banda de 700 MHz, debe
cesar operaciones inmediatamente, de acuerdo a las normas de la
FCC para uso secundario. La FCC mantiene comunicación continua
con la comunidad de seguridad pública para determinar la
extensión del uso de la Banda de 700 MHz por parte del sector de
seguridad pública, para ayudar a asegurar que las agencias de
seguridad pública tengan la capacidad de operar libres de
interferencias dañinas.
Se prohíbe la fabricación,
distribución y venta de micrófonos inalámbricos para Banda de
700 MHz
La FCC prohibió, a partir del 15 de enero
de 2010, la importación, venta, oferta de venta o envío de
micrófonos inalámbricos y de otras estaciones auxiliares de baja
potencia (por ejemplo, dispositivos similares) destinadas a ser
usadas en la Banda de 700 MHz en Estados Unidos. Esta
prohibición ayudará a completar un importante componente de la
transición a la DTV, al despejar la banda de 700 MHz para
permitir el despliegue de nuevos servicios de comunicaciones
para la seguridad pública y para la próxima generación de
servicios inalámbricos para el consumidor.
La FCC permite la operación de micrófonos
inalámbricos y de equipos similares en el espectro de bandas fuera
de la Banda de 700 MHz, incluyendo el espectro principal de
televisión (canales de televisión 2 al 51, excepto canal 37).
Adicionalmente, los micrófonos inalámbricos y equipos similares
operan en niveles más bajos de potencia en bandas sin licencia,
como las bandas de 902 a 928 MHz y de 2.4 GHz. Para los micrófonos
inalámbricos y equipos similares que operan en el espectro
principal de televisión, la FCC exige que se exhiba la siguiente
información al consumidor en el punto de venta o de arriendo:
La mayoría de los usuarios no necesitan
una licencia para operar este sistema de micrófonos. Sin
embargo, la operación de este sistema de micrófonos sin
licencia está sujeta a ciertas restricciones: el sistema no
debe causar interferencia dañina; debe operar a un nivel de
potencia bajo (que no supere los 50 “milliwatts” o milivatios)
y no está protegido de interferencia recibida de ningún otro
dispositivo. Los consumidores que lo adquieran también deben
tener en cuenta que en la actualidad la FCC está evaluando el
uso de los sistemas de micrófonos inalámbricos y estas reglas
están sujetas a cambios. Para obtener más información, llame a
la FCC al 1-888-CALL-FCC (TTY: 1-888-TELL-FCC) o visite el
sitio de la FCC en Internet para micrófonos inalámbricos,
www.fcc.gov/cgb/wirelessmicrophones/welcomeSpanish.html.
La exigencia de entregar esta información NO
se aplica a la venta de micrófonos inalámbricos y equipos
similares que operan fuera del espectro principal de televisión.
Por ejemplo, la exigencia de exhibir información no se aplica a
los micrófonos inalámbricos que pueden operar con licencia en la
banda de 169 a 171 MHz (ver 47 C.F.R. Section 90.265) o sin
licencia en las bandas de 902 a 928 MHz y de 2.4 GHz (ver 47 C.F.R.
Section 15.247).
Operación de micrófonos
inalámbricos con y sin licencia
Los micrófonos inalámbricos (y dispositivos
similares) – tanto en la Banda de 700 MHz como en otras bandas
de frecuencia – son operados por usuarios sin licencia (bajo
“Part 15”) y por usuarios con licencia (bajo “Part 74”). Los
usuarios de micrófonos inalámbricos (y de dispositivos
similares) que operan en la banda de 700 MHz – ya sea con o sin
licencia – deben suspender la operación de todos los micrófonos
inalámbricos (y de dispositivos similares) en la Banda de 700
MHz, a más tardar el 12 de junio de 2010.
Operaciones sin licencia Todos los usuarios
de micrófonos inalámbricos (y de dispositivos similares) pueden
operar sus equipos sin licencia, sujetos a ciertas restricciones:
el dispositivo (1), no debe causar interferencia dañina (2) no
debe operar a un nivel de potencia superior a los 50 mili-vatios
(50 milliwatts, en inglés) y (3) debe ser operado de tal forma que
acepte cualquier interferencia que pueda recibir. Para la mayoría
de los usuarios – como teatros, iglesias, colegios, centros de
conferencias, parques de diversiones y músicos – el uso de este
dispositivo es sin licencia.
La mayoría de los micrófonos inalámbricos
están diseñados para operar con 50 mili-vatios (50 milliwatts) o
menos. Se aconseja a los usuarios consultar el manual del
propietario u otros materiales proporcionados por el fabricante o
distribuidor, para determinar la potencia de salida de sus
micrófonos inalámbricos.
Operaciones con licencia Algunos usuarios son
elegibles para obtener una licencia con el objeto de operar estos
dispositivos. Entre ellos se incluyen entidades específicas – como
usuarios con licencia para estaciones de AM, FM, o de televisión,
cadenas de transmisión abierta y operadores de sistemas de
televisión por cable – establecidas en las normas de la FCC (de
acuerdo a “Part 74”). Estas entidades, las cuales pueden operar
con menos restricciones (por ejemplo, con mayores niveles de
potencia, con protección para interferencias), deben obtener una
licencia antes de operar bajo las normas que regulan el uso con
licencia.
Normas pendientes La FCC tiene pendiente la
definición de normas para los micrófonos inalámbricos (y
dispositivos similares). Por lo tanto, las condiciones bajo las
que los compradores tendrán autorización para usar esos
dispositivos en las principales bandas de televisión podrían
cambiar cuando la Comisión adopte las normas definitivas. Para
participar en el proceso de establecimiento de normas, acceda a
www.fcc.gov/cgb/wirelessmicrophones/welcomeSpanish.html.
Informando a los consumidores
si poseen un micrófono inalámbrico en la Banda de 700 MHz
La FCC está trabajando con entidades cuyos
miembros incluyen usuarios de micrófonos inalámbricos y estos
grupos están ayudando a informar a todos los usuarios afectados.
Adicionalmente, el sitio de la FCC en Internet proporciona
información sobre cuáles micrófonos inalámbricos actualmente
operan en la banda de 700 MHz en
www.fcc.gov/cgb/wirelessmicrophones/welcomeSpanish.html. Los
consumidores pueden buscar sus equipos según el nombre de
fábrica. El sitio en Internet también incluye información
respecto a cómo contactar a los fabricantes para obtener
información más detallada sobre equipos de micrófonos
inalámbricos. La información para contactar a los fabricantes de
equipos está en
www.fcc.gov/cgb/wirelessmicrophones/manufacturersSpanish.html.
Algunos micrófonos inalámbricos (y
dispositivos similares) están marcados con la frecuencia usada por
el dispositivo. Si la información en el dispositivo indica que
opera en frecuencias entre los 698 y 806 MHz, entonces el
dispositivo usa el espectro de los 700 MHz y no puede ser
utilizado después del 12 de junio de 2010.
Adicionalmente, los consumidores pueden
contactar a la FCC en el 1-888-CALL-FCC (1-888-225-5322) o en el
1-888-TELL-FCC (1-888-835-5322) TTY donde nuestros funcionarios
ayudaran a los consumidores a determinar si sus equipos serán
afectados.
¿Cómo se informa de interferencias en
dispositivos que operan con licencia en el espectro de 700 MHz?
Poseedores de Licencia de la Seguridad
Pública: Si usted posee una licencia para el sector de
Seguridad Pública usted puede informar de interferencias en su
dispositivo de 700 MHz contactando al Centro de Operaciones de la
FCC 24 horas al día, los siete días de la semana, en el (202)
418-1122 o en
FCCOPCenter@fcc.gov.
Consumidores: Si usted es un
consumidor que usa un dispositivo que opera en el espectro de
700 MHz con licencia usted puede informar de interferencias
ante la FCC, en español, pulsando en
www.fcc.gov/cgb/consumerfacts/spanish/sp_interference.html.
Para hacerlo en inglés vaya a
http://esupport.fcc.gov/complaints.htm y a continuación:
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Pulse en “Wireless Telephone” (Teléfono
Inalámbrico) para el tipo de queja; luego pulse “next”
(próximo), al pie de página.
-
Pulse en “Interference to Non-Emergency
Devices” (Interferencia en Aparatos que no son de Emergencia)
para la categoría de queja; luego pulse “Next” (próximo), al pie
de página.
-
Pulse en “Continue to Online Form”
(Continúe al Formulario en Línea).
-
Complete la información requerida en el
formulario.
Usted también puede llamar a la FCC al 888-CALL-FCC
o enviar su queja por correo a la FCC a Federal Communications
Commission, Consumer & Governmental Affairs Bureau, Consumer
Complaints, 445 12th Street, SW, Washington, D.C. 20554.
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Para obtener más información sobre el uso de
Micrófonos Inalámbricos, usted puede contactar a la FCC en:
Federal Communications Commission
Consumer & Governmental Affairs Bureau
Consumer Inquiries and Complaints Division
445 12th Street, SW
Washington, D.C. 20554.
Teléfono: 1-888-CALL-FCC (1-888-225-5322)
TTY: 1-888-TELL-FCC (1-888-835-5322)
Fax: (202) 418-0232
Correo electrónico: fccinfo@fcc.gov |
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