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Antecedentes
Los operadores de cable que dan servicio a
1000 o más abonados deben conservar ciertos archivos y ponerlos a
disposición del público para su inspección.
Normas
Las normas que aplican para estos archivos
son:
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Las normas de la Comisión Federal de
Comunicaciones (FCC, por sus siglas en inglés) exigen que los
operadores de cable conserven y pongan a la disposición del
público los archivos siguientes: archivos políticos;
identificación de patrocinadores; informes sobre igualdad de
oportunidades de empleo (EEO, por sus siglas en inglés);
archivos comerciales sobre la programación infantil; archivos
sobre la propiedad; el lugar de la cabecera principal del
sistema; y una lista de las estaciones de televisión que
transmite el sistema, para cumplir con los requisitos
obligatorios de teledifusión.
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Los archivos para inspección pública deben
estar disponibles en la oficina que tiene el operador de cable
para el cobro ordinario de cargos, la resolución de quejas y
otros asuntos, o en cualquier lugar accesible en la comunidad
donde se brinda el sistema (como el registro público para
documentos o una oficina de abogados).
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Los archivos para inspección pública deben
estar disponibles para su revisión en cualquier momento durante
horas de oficina.
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Los operadores de cable deben aceptar las
solicitudes que se hacen en persona para reproducir documentos
que forman parte de los archivos para inspección pública.
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Las normas de la FCC permiten que los
operadores de cable cobren una tarifa razonable por las copias.
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Las solicitudes para fotocopiado de
documentos de los archivos públicos deben procesarse en un
tiempo razonable que no exceda de siete días.
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Los operadores de cable tienen la opción de
conservar todos o parte de sus archivos para inspección pública
en una base de datos electrónica en lugar de tener los archivos
impresos.
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Los operadores de cable pueden optar por
aceptar las solicitudes de fotocopiado que se envían por correo,
pero no están obligados a hacerlo. Si un consumidor quiere tener
acceso a un archivo para su revisión, él o ella deberán
solicitarlo en persona.
Presentación de quejas
Si su operador de cable no cumple con los
requisitos para la inspección pública de archivos, usted puede
presentar una queja con la FCC. No tendrá que pagar por hacerlo.
La queja puede ser presentada electrónicamente, llenando el
formulario que se encuentra en línea en
www.fcc.gov/cgb/complaints_spanish.html. También puede
escribir al Centro para el Consumidor a
fccinfo@fcc.gov; llamar al
1-888-CALL-FCC (1-888-225-5322) voz o al 1-888-TELL-FCC
(1-888-835-5322) TTY; enviarla por fax al 1-866-418-0232; o
escribir a:
Federal Communications
Commission
Consumer & Governmental Affairs Bureau
Consumer Inquiries and Complaints Division
445 12th Street, SW
Washington, D.C. 20554.
Lo que debe incluir su queja
La mejor manera de proporcionar toda la
información que la FCC necesita para procesar su queja es
completando el formulario en línea. Si no usa el formulario de
quejas electrónico, su queja debe indicar, como mínimo:
-
su nombre, dirección, su dirección de
correo electrónico y un número de teléfono para localizarlo;
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el nombre, número de teléfono y ubicación
(ciudad y estado) de la compañía involucrada en su queja; y
-
cualquier detalle adicional de su queja
incluyendo hora, fecha y naturaleza de la conducta o actividad
de la cual se queja e información que identifique a las
compañías, organizaciones o individuos involucrados.
¿Puedo averiguar qué información ha
recopilado mi operador de cable sobre mí?
El operador de cable debe notificar a sus
abonados por lo menos una vez al año (y a los nuevos abonados, en
el momento de iniciar el servicio) sobre la naturaleza de
cualquier información personal identificable que recopile de
ellos. El operador debe notificar al abonado sobre la naturaleza,
frecuencia y propósito de la información que ha recopilado, el
período durante el cual se conservará esta información; los
horarios y lugares donde el abonado puede tener acceso a dicha
información y cualquier limitación que se imponga al operador de
cable con respecto a la recopilación y divulgación de esta
información, así como de los derechos que tiene el abonado para
hacer valer estas limitaciones. Además, los operadores de cable deben dar
acceso a sus abonados a toda la información que se identifique
como personal durante horas razonables y en un lugar conveniente.
Los operadores de cable deben también darles a sus abonados
oportunidades razonables para corregir cualquier error en la
información.
¿Qué medidas puedo tomar contra mi
operador de cable si ha violado las disposiciones sobre la
privacidad del abonado?
Puede presentar una demanda en el tribunal de
distrito de los Estados Unidos. El tribunal puede autorizar la
indemnización por los daños reales, los daños punitivos, los
honorarios razonables de los abogados y otros costos razonables
que deriven del litigio.
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Para más
información
Para más información
sobre otros temas de telecomunicaciones, visite el sitio
Web de la Oficina de Asuntos Gubernamentales y del
Consumidor en
www.fcc.gov/cgb, o comuníquese con el Centro para el
Consumidor usando la información proporcionada arriba en
la sección de presentación de quejas. |
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