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Antecedentes
La Comisión Federal de Comunicaciones (FCC,
por sus siglas en inglés) creó en 1982 el servicio de Televisión
de Baja Potencia (LPTV, por sus siglas en inglés) para dar una
oportunidad a los servicios de televisión locales, orientados a
comunidades pequeñas. Estas comunidades pueden estar en áreas
rurales o ser comunidades individuales dentro de áreas urbanas más
extensas. El servicio LPTV es un medio menos costoso y más
flexible de transmisión de programas orientados a satisfacer los
intereses de los televidentes en áreas pequeñas localizadas, en
comparación con las transmisiones de las estaciones de TV
tradicionales de pleno servicio/plena potencia. Este servicio ha
creado oportunidades para estaciones nuevas, ha dado los medios
para la autoexpresión local y ha permitido un uso más extenso del
espectro de transmisión. En la actualidad, las estaciones LPTV
están realizando su transición al sistema digital, en conjunto con
la transición general de la Comisión a la televisión digital.
Transición digital de las LPTVs
Aunque el Congreso estableció el 12 de
junio de 2009 como fecha límite obligatoria para que las
estaciones de televisión analógica de plena potencia
suspendieran operaciones analógicas y comenzaran a operar
exclusivamente en sistema digital, la fecha límite reglamentaria
no se hizo aplicable a las estaciones de transmisión de baja
potencia, a las estaciones repetidoras de televisión (TV
translator stations, en inglés) ni a las estaciones de
televisión Clase A (Class A, en inglés) --a las que nos
referiremos en este documento como “estaciones de televisión de
baja potencia”. De tal forma, aunque todas las estaciones de
televisión de plena potencia han cesado sus operaciones de
transmisión abierta analógica, numerosas estaciones de
televisión de baja potencia siguen transmitiendo via analógica.
La FCC ha establecido el 1º de septiembre de
2015 como fecha límite para el fin de todos los servicios de
televisión de baja potencia. Luego de esa fecha, la televisión
analógica no existirá en Estados Unidos. Las estaciones de
televisión de baja potencia pueden continuar operando con sus
instalaciones analógicas.
Las estaciones LPTV tienen la opción de
solicitar ya sea una conversión a digital en las instalaciones
donde operan actualmente sus canales analógicos (acción conocida
como “flash cut” en inglés) o pueden montar y operar un segundo
canal: un “canal digital asociado” (“digital companion channel”,
en inglés) durante el tiempo que queda de transición al sistema
digital. Pero a todas las estaciones de baja potencia se les exige
optar por un solo canal, de operación digital, a partir del 1º de
septiembre de 2015, fecha de la transición.
Servicios auxiliares y
suplementarios
Las estaciones LPTV con licencia para
transmisiones digitales y las estaciones autorizadas, operando
con autoridad temporal especial (Special Temporary Authority,
STA por sus siglas en inglés) deben presentar un formulario
FCC Form 317 (Annual DTV Ancillary and
Supplementary Services Report, en inglés) correspondiente al
Informe Anual de Servicios Auxiliares y Suplementarios de DTV,
antes del día 1º de diciembre de cada año. Las estaciones deben
informar si han otorgado servicios auxiliares y suplementarios
en algún momento durante el periodo de 12 meses concluido el día
30 de septiembre precedente. De ser así, tienen la obligación de
remitir a la Comisión un monto equivalente al 5% del ingreso
bruto derivado de tales servicios.
Operación de estaciones LPTV
Las estaciones LPTV son manejadas por
diversos grupos y organizaciones – colegios y universidades,
iglesias, grupos religiosos, gobiernos locales, empresas grandes y
pequeñas y ciudadanos de manera individual. Los modos de operación
y programación de una estación LPTV varían mucho y pueden incluir
desde la programación transmitida vía satélite; programas de
difusión conjunta; películas y una gama amplia de programas
producidos localmente. Las estaciones LPTV algunas veces crean
segmentos de un programa o toda una programación para un grupo
especifico de televidentes (teniendo en cuenta un rango de edad,
un lenguaje o interés en particular).
Desde el punto de vista técnico, las
estaciones LPTV transmiten en uno de los canales estándar de
televisión VHF o UHF. La distancia desde la cual una estación
puede ser captada depende de varios factores: altura de la antena,
potencia del transmisor, antena de transmisión y naturaleza del
medio ambiente (rural o urbano, colinas o terreno plano).
Solicitud para una estación LPTV
Se aceptan nuevas solicitudes para las
estaciones LPTV y repetidoras de TV sólo durante ciertos plazos
designados. Ya no se aceptan solicitudes para nuevas estaciones de
transmisión analógica. La FCC anuncia los plazos de postulación,
con un mínimo de 30 días de anticipación. El anuncio especifica
los detalles sobre cómo presentar la solicitud. Los interesados
deben verificar periódicamente
el sitio web de la Oficina de
Medios de Comunicación (Media Bureau, MB, por sus
siglas en inglés) para conocer las
fechas de presentación de solicitudes.
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Requisitos de la FCC
Las estaciones LPTV tienen una
“prioridad secundaria para (acceder a) espectro" con
respecto a las estaciones de pleno servicio (full
service, en inglés). Esto significa que las estaciones
LPTV no deben causar interferencia en la recepción de
estaciones televisivas, ya existentes o futuras, de pleno
servicio; deben aceptar interferencias de las estaciones
de transmisión de pleno servicio y deben ceder la
transmisión a las nuevas estaciones de pleno servicio, si
ocurren interferencias.
En caso de interferencia entre los
sistemas de cable y las estaciones LPTV, se aplica la
política “derecho por orden de llegada”. En base a esta
política, el sistema de cable o la estación LPTV que haya
tenido el uso inicial del canal tiene la prioridad y no es
responsable de corregir la interferencia. |
Propiedad y funcionamiento de una estación LPTV
No existe límite en cuanto al número de
estaciones LPTV que puede poseer una sola entidad. Los titulares
actuales de televisoras, operadores de cable y periódicos pueden
ser propietarios de estaciones LPTV. Estas estaciones pueden
funcionar en cualquier canal disponible de VHF (2-13) o UHF
(14-51) siempre y cuando no causen interferencia objetable.
La FCC no asigna canales para el servicio
LPTV; los solicitantes seleccionan los canales y postulan durante
un período de tiempo determinado.
Las estaciones LPTV de transmisión analógica
están limitadas a una potencia radiada efectiva de 3 kilovatios
(VHF) y 150 kilovatios (UHF). Las estaciones digitales LPTV están
limitadas a una potencia radiada efectiva de 3 kilovatios (VHF) y
15 kilovatios (UHF). No hay límites en cuanto a la potencia de
salida del transmisor ni sobre la altura de la antena, siempre y
cuando la estructura de la torre haya sido inscrita ante la FCC.
Programación y contenido de la programación
Las estaciones LPTV están sujetas a un
mínimo de normas relacionadas con los programas. No existe una
cantidad, determinada o prescrita, para programación no
destinada a entretenimiento o para programación local; no hay
límites para avisos comerciales; tampoco hay un mínimo
obligatorio de horas de transmisión. Sin embargo, se prohíbe la
difusión de material obsceno en todo momento y la difusión de
material indecente y profano está prohibida entre las 6 A.M. y
10 P.M.
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Para más
información
Para obtener más
información sobre las estaciones LPTV, visite
el sitio web
de la Oficina de Medios de Comunicación (MB) de la
FCC (en inglés). Para obtener información sobre otros
temas de comunicaciones, visite
el sitio web de la
Oficina de Asuntos Gubernamentales y del Consumidor
o contáctese con el Centro para el Consumidor de la FCC,
llamando al 1-888-CALL- FCC (1-888-225-5322) de voz o al
1-888-TELL-FCC (1-888-835-5322) TTY; por fax al
1-866-418-0232 o escribiendo a:
Federal Communications Commission
Consumer and Governmental Affairs Bureau
Consumer Inquiries and Complaints Division
445 12th Street, SW
Washington, D.C. 20554. |
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