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Antecedentes
Datos recientes indican que, en promedio,
los niños en Estados Unidos pasan cerca de tres horas al día
viendo televisión. Este "huésped" de nuestros hogares tiene
el potencial de moldear significativamente el desarrollo de
nuestros hijos. Por este motivo, el Congreso ha determinado
que las televisoras, comerciales y no comerciales, tienen la
obligación de ofrecer una programación educativa e
informativa para los niños. Además, las televisoras con
licencia, operadores de cable y proveedores de servicio de
satélite deben limitar la cantidad de comerciales durante
los programas infantiles.
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En 1990, el Congreso aprobó la Ley de
Televisión Infantil (CTA, por sus siglas en inglés) para
incrementar la programación educativa e informativa para
niños. La CTA exige que cada televisora de los Estados
Unidos satisfaga las necesidades educativas e
informativas de los niños a través de una programación
completa, incluyendo programas especialmente diseñados
para satisfacer dichas necesidades ("programación
educativa"). También limita el tiempo que las
televisoras pueden destinar a comerciales durante los
programas infantiles.
La Comisión Federal de
Comunicaciones (FCC, por sus siglas en inglés) ha creado
normas y directrices para llevar a cabo este mandato.
Conforme a las normas de la FCC, las televisoras deben:
-
transmitir programación
educativa por lo menos tres horas a la semana.
-
identificar el tipo de
programas que califican como programa educativo,
exhibiendo el símbolo E/I durante todo el programa.
-
informar anticipadamente a los
padres y consumidores sobre los programas educativos
que se transmiten.
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Programación educativa
La "programación educativa" es aquella
especialmente diseñada para satisfacer las necesidades
educativas e informativas de los niños de 16 años de edad y
menores. La televisión educativa debe:
-
tener una duración mínima de 30 minutos;
-
transmitirse entre las 7:00 a.m. y 10:00 p.m.
-
ser parte de la programación regular semanal.
Información sobre la programación
infantil
Uno de los objetivos centrales de las normas
de la FCC es ofrecer a los padres y al público en general mayor
información sobre la programación educativa, lo que ayudará a
los padres a supervisar lo que sus hijos ven en la televisión, e
incentivará un diálogo constante entre el público y las
televisoras en cuanto al desempeño de las televisoras con
respecto a la CTA.
Para lograr el objetivo mencionado, las
normas de la FCC exigen a las estaciones comerciales de
televisión identificar un programa educativo exhibiendo durante
todo el programa el ícono “E/I” que denota que el programa es
educativo y/o informativo. Las estaciones comerciales también
deben dar información que identifique tales programas para los
editores de teleguías y listas de programación.
Las normas también exigen a las estaciones
de televisión comerciales presentar ante la FCC informes
trimestrales sobre su programación educativa y ponerlos a
disposición del público. Dichos informes, conocidods como
Informes de Programación de Televisión Infantil (Formulario 398
de la FCC) –identifican la programación principal de la estación
y otras gestiones destinadas a cumplir con su obligación de
transmitir programación educativa. Se puede obtener los informes
en el archico de inspección pública de las estaciones y también
accediendo al sitio web de la FCC:
www.fcc.gov/parents/
(en inglés).
Restricciones a la transmisión de avisaje comercial
Las normas de la FCC restringen el tiempo de
transmisión de material de avisaje comercial durante cierta
programación infantil, a 10.5 minutos por hora los fines de
semana y 12 minutos por hora en dias hábiles. Estos requisitos
son pertinentes para las televisoras de transmisión abierta, las
firmas operadoras de cable y los proveedores de servicio
satelital. Estas limitaciones se prorratean para los programas
que tienen menos de una hora de duración. Los límites
relacionados con avisaje comercial son pertinentes para la
programación de producción original, transmitida principalmente
para una audiencia de niños de 12 años de edad y menores.
Las televisoras comerciales tienen la
obligación de colocar en sus archivos de inspección pública las
certificaciones que indican que han cumplido con los límites de
transmisión de comerciales o identificar cualquier exceso, como
alternativa. Al momento que la estación solicite a la FCC la
renovación de su licencia, deberá certificar que no sobrepasó el
límite estipulado durante la vigencia de la licencia, o deberá
explicar cualquier exceso en caso de haber incurrido en ellos.
Los límites de la transmisión de comerciales no son pertinentes
para las televisoras educativas no comerciales ya que dichas
estaciones tienen generalmente prohibido transmitir avisos
comerciales. Las operadoras de cable y los proveedores de
servicio satelital también deben conservar los registros para
verificar su cumplimiento de las normas y ponerlos a disposición
para su inspección pública.
La FCC también exige que en la programación
dirigida a niños de 12 años de edad y menores, el material de
programación se separe del avisaje comercial y del material que
no sea afín. El propósito de esta política de separación es
proteger a los niños de menor edad que no saben distinguir
claramente entre un aviso comercial y el material de
programación, lo que los hace más vulnerables a los mensajes
comerciales. Si un programa no cumple con separar adecuadamente
el material comercial del material de programación, el programa
en toda su extensión puede ser considerado como material
comercial (“un comercial que se extiende a toda la duración del
programa”).
Obligaciones adicionales a la
programación infantil
Desde que la FCC aprobó las primeras normas
de programación infantil, ha extendido dichas obligaciones de
programación educativa e informativa infantil a las emisoras de
difusión digital y ha restringido la exhibición de enlaces a
sitios web comerciales durante la emisión de programación
infantil. La programación principal de las emisoras digitales
deberá incluir por lo menos tres horas a la semana de programas
educativos. Para las emisoras de multidifusión digital (más de
una transmisión de programación de video a la vez), el requisito
mínimo de programación educativa se incrementará de acuerdo al
aumento de programación gratuita de vídeo en sus canales de
multidifusión. Además, el límite que establece la FCC a los
avisos comerciales (10.5 minutos por hora durante los fines de
semana y 12 minutos por hora en dias hábiles) es pertinente para
toda la programación de video digital, gratuita o pagada,
dirigida a niños de 12 años de edad y menores.
Finalmente, se permite mostrar las
direcciones de sitios web durante los programas orientados a
niños de 12 años de edad y menores sólo si el sitio cumple con
los siguientes requisitos:
-
Ofrece una cantidad importante de material
confiable, relacionado con la programación u otro contenido no
comercial.
-
Su fin primario no es comercial, incluyendo
tanto el comercio electrónico como el avisaje publicitario.
-
La página principal del sitio web y otras
páginas del menú están claramente identificadas para distinguir
las secciones comerciales de las no comerciales.
-
La página del sitio web a la cual los
consumidores son dirigidos no se usa para comercio electrónico,
avios publicitarios u otros fines comerciales (por ejemplo, no
contiene enlaces marcados como “tienda” y no hay enlaces a otras
páginas de contenido comercial).Las televisoras y operadores de cable no
pueden mostrar direcciones de sitios Web durante o antes y después
de los programas infantiles si, en las páginas del sitio Web sin
contenido comercial con relación a ese programa o personaje del
programa, se venden productos presentando a un personaje en el
programa o se usa un personaje del programa para vender los
productos.
Las televisoras y operadoras de cable no
pueden mostrar direcciones de sitios web durante o
inmediatamente antes y después de los programas infantiles si,
en las páginas del sitio web sin contenido comercial con
relación a ese programa o personaje del programa, se venden
productos presentando a un personaje en el programa o se usa un
personaje del programa para vender los productos.
Estas exigencias para los sitios web son
pertinentes en relación a la programación tanto analógica como
digital.
La prohibición es pertinente sólo cuando
las direcciones del sitio web se muestran durante el programa o
material promocional que no cuenta como tiempo comercial. No es
pertinente en relación a ciertos anuncios de servicios públicos,
identificaciones de estaciones y anuncios de emergencias.
¿Qué es un “presentador - vendedor”?
La “política de presentadores - vendedores”
de la FCC prohíbe la “venta usando a un participante u otras
características identificables del programa, para transmitir
comerciales”, durante o inmediatamente antes o después de un
programa infantil en que aparezca dicho personaje. La FCC
también restringe la el uso de presentadores - vendedores en
sitios web cuya dirección eelectrónica se exhibe durante la
emisión de un programa infantil. Para más información sobre
temas relaiconados con televisión infantil, por favor visite el
Sitio web de la FCC para Padres y Madres (Parent’s Place) en
www.fcc.gov/parents/
(en inglés).
Presentación de quejas ante la FCC
Si usted considera que alguna de estas normas
ha sido transgredida, usted puede presentar una queja ante la
FCC. No tendrá que pagar por hacerlo. La queja puede ser
presentada vía electrónica, llenando el formulario en línea:
www.fcc.gov/cgb/complaints_spanish.html. También puede llamar
al
1-888-CALL-FCC (1-888-225-5322) voz o al 1-888-TELL-FCC
(1-888-835-5322) TTY; enviarla por fax al 1-866-418-0232; o
escribir a:
Federal Communications
Commission
Consumer & Governmental Affairs Bureau
Consumer Inquiries and Complaints Division
445 12th Street, SW
Washington, DC 20554.
Lo que debe incluir su queja
La mejor manera de proporcionar toda la información que la FCC necesita para procesar su queja es completando el formulario en línea. Si no usa el formulario de quejas electrónico, su queja debe indicar, como mínimo:
-
su nombre, dirección, su dirección de
correo electrónico y un número de teléfono para localizarlo.
-
los nombres y teléfonos de todas las
compañías telefónicas u otras compañías involucradas en su queja
y su ubicación (ciudad y estado) si la compañía es proveedora de
servicio de cable o satélite.
-
la identificación de la estación (KDIU-FM o
WZUE TV), la frecuencia de la estación de radio (1020 u 88.5) o
el canal de TV (13) y ubicación de la estación (ciudad y
estado).
-
red, nombre del programa, y fecha y hora
del programa si su queja se relaciona con un programa en
particular.
-
cualquier detalle adicional de su queja
incluyendo hora, fecha y naturaleza de la conducta o actividad
de la cual se queja e información que identifique a las
compañías, organizaciones o individuos involucrados.
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Para más
información
Para obtener más
información sobre éste o cualquier otro tema de
telecomunicaciones, visite el sitio web de la Oficina de
Asuntos Gubernamentales y del Consumidor en
www.fcc.gov/cgb/spanish/, o comuníquese con el Centro para el
Consumidor usando la información proporcionada arriba en
la sección de presentación de quejas. |
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