|
Antecedentes
¿Ha pensado usted que para que las alertas
de emergencias se difundan lo más rápidamente posible se deben
enviar hacer que eso sea a los teléfonos celulares? La Comisión
Federal de Comunicaciones (FCC, por sus siglas en inglés),
conjuntamente con otras agencias federales, así como el personal
de emergencia estatal y local, están trabajando para posible.
¿Qué es el Sistema Comercial de Alerta Móvil (CMAS, por sus siglas en inglés)?
En respuesta a la Ley de Red de Aviso, Alerta
y Respuesta (WARN, por sus siglas en inglés), aprobada por el
Congreso en 2006, la FCC ha establecido el CMAS para que los
proveedores de servicios celulares que decidan participar puedan
enviarles mensajes de texto de alertas de emergencia a sus
abonados. Durante el 2007 y el 2008, la FCC propuso y
posteriormente adoptó la estructura de la red, los requisitos
técnicos y los procedimientos operativos para el CMAS. Aunque se
ha realizado mucho trabajo, la fecha exacta en que el CMAS
estará en condiciones de operar depende de muchos factores, y es
probable que todavía sea por lo menos dentro de dos años. La red
del CMAS le permitirá a la Agencia Federal para el Manejo de
Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés) aceptar y unir las
alertas del Presidente de los Estados Unidos, el Servicio
Nacional del Tiempo (NWS, por sus siglas en inglés) y los
centros estatales y locales de operaciones de emergencia, y
luego enviar las alertas a través de una interfaz segura a los
proveedores de telefonía celular que participen en el programa.
Los proveedores que participen en el programa distribuirán
entonces las alertas a sus clientes. En un período de diez meses
después que FEMA haga disponible las especificaciones del
gobierno para el diseño de esta interfaz segura, los proveedores
de servicios de telefonía celular que decidan voluntariamente
participar en el CMAS tienen que comenzar a desarrollar y probar
los sistemas que les permitirán recibir las alertas de FEMA y
difundirlas a sus clientes.
La FCC también les está exigiendo a las
estaciones de TV pública que se desempeñen como un sistema
adicional de distribución para las alertas de CMAS. En un
período de18 meses después de recibir los fondos del
Departamento de Comercio, todas las estaciones de TV pública
tienen que instalar los equipos y tecnologías en sus
transmisores de TV digital que les permitan recibir las alertas
de CMAS de FEMA y transmitirlas a los proveedores de servicio
celular que participen.
¿Cómo enviarán las alertas los proveedores de servicios celulares?
Los proveedores de servicios celulares
participantes tienen que ser capaces de dirigir las alertas a
condados específicos, y asegurar que las alertas lleguen a los
clientes que se encuentren fuera del área de servicio del
proveedor. Los proveedores participantes también tienen que
transmitir alertas con una cadencia especial de vibración y
señales de atención de audio para asegurar que las alertas
lleguen a los clientes con discapacidades auditivas o de visión.
Las alertas de emergencia no van a interrumpir las llamadas que
se estén realizando. Mientras actualmente la FCC requiere
solamente alertas de texto con mensajes con un tamaño máximo de
90 caracteres en pantalla, en el futuro el CMAS puede incluir
alertas de audio y video. Del mismo modo, actualmente la FCC
requiere que las alertas sean solamente en inglés, pero está
evaluando si también se pueden proveer alertas en idiomas
extranjeros. Para los propósitos del CMAS, las alertas de
emergencia se van a clasificar en una de las tres siguientes
categorías:
-
Alertas presidenciales – Alertas para
todos los estadounidenses relacionadas con emergencias
nacionales, como ataques terroristas, que van a reemplazar
cualquier otra alerta pendiente;
-
Alertas de amenazas inminentes –
Alertas con información sobre emergencias, como huracanes o
tornados, en las que la vida o las propiedades corran
riesgo, es probable que tenga lugar y se deba emprender
alguna acción de respuesta; y
-
Emergencia de Secuestro de Niños/Alerta
AMBER – Alertas relacionadas con niños desaparecidos o que
estén en peligro debido a una situación de secuestro o que
se hayan escapado del hogar.
¿Cómo saber si mi proveedor de servicio celular va a enviar alertas?
La FCC exige que los proveedores de servicios
celulares les notifiquen individualmente a los clientes
existentes y coloquen avisos para los clientes potenciales si
los proveedores no van a participar en el CMAS, en su totalidad
o parcialmente. Pero no espere estos avisos muy pronto, porque
los proveedores no tienen que proporcionarlos hasta 60 días
después de que la FCC anuncie que está disponible la capacidad
para transmitir alertas móviles. Esta capacidad depende de
muchos factores, pero no es probable que ocurra al menos hasta
dentro de dos años.
Los proveedores de servicios celulares que
decidan no enviar las alertas del CMAS a todos o algunos de sus
clientes tienen que proporcionar un aviso claro y visible en el
punto de venta, incluidas las tiendas, quioscos, lugares de
venta de terceros agentes y sitios de Internet, en los que se
anuncien o se vendan los servicios y los equipos del proveedor
de servicios celulares. Un proveedor de servicios celulares que
participe parcialmente en el CMAS tiene que proporcionar, como
mínimo, el siguiente aviso:
Aviso relacionado con la transmisión de
alertas celulares de emergencia (Servicio Comercial de Alerta
Móvil).
(Nombre del proveedor) ha decidido
ofrecer alertas celulares de emergencia en porciones de
sus áreas de servicios, según se define por los términos
y condiciones de su contrato de servicio, en equipos con
capacidades de alerta celular de emergencia. No hay un
cargo adicional por estas alertas celulares de
emergencia. Puede ser que las alertas celulares de
emergencia no estén disponibles para todos los equipos
en toda el área de servicios, o para un abonado que se
encuentre fuera del área de servicio de (nombre del
proveedor). Para obtener detalles sobre la
disponibilidad de este servicio y los equipos con
capacidad de servicio y los equipos con capacidad de
alerta celular, pregunte a un representante de ventas o
visite (dirección en Internet del proveedor).
Aviso requerido por la Regla 47 de
la FCC C.F.R. § 10.240 (Servicio Comercial de Alerta
Móvil).
Un proveedor de servicios celulares que
opte por no participar en el CMAS en lo absoluto tiene que
proporcionar, como mínimo, el siguiente aviso:
AVISO A LOS NUEVOS ABONADOS Y LOS
YA EXISTENTES CON RELACIÓN A LA TRANSMISIÓN DE ALERTAS
CELULARES DE EMERGENCIA
(Nombre del proveedor) actualmente
no transmite alertas celulares de emergencia.
Aviso requerido por la Norma 47 de
la FCC C.F.R. § 10.240 (Servicio Comercial de Alerta
Móvil).
Un proveedor de servicios celulares que
opte por no participar en el CMAS, parcialmente o en su
totalidad, tiene que notificar a los suscriptores existentes
mediante un anuncio que enmiende el contrato de servicio
existente. El anuncio se puede enviar por cualquier medio que el
proveedor use normalmente para comunicarse con sus suscriptores,
incluido el correo directo, un anexo en la cuenta u otra
notificación, y tiene que contener el lenguaje aplicable que se
cita anteriormente. A los clientes de servicios prepagados se
les puede enviar un mensaje de texto o SMS (servicio de mensajes
cortos).
Los proveedores de servicios celulares
tenían que notificar a la FCC antes del 8 de septiembre de 2008
si iban a participar o no en el CMAS. Si los proveedores de
servicios celulares deciden participar en el CMAS después de
esta fecha, lo deben notificar a la FCC 30 días antes de ofrecer
el servicio a sus clientes. Hasta el momento, la mayoría de los
proveedores importantes de servicios celulares le han dicho a la
FCC que van a participar, aunque algunos han indicado que tal
vez no puedan proporcionar alertas a todos los clientes
inmediatamente después que comience la operación del CMAS. Los
proveedores más pequeños pueden decidir participar después
cuando se haya resuelto los problemas técnicos y ellos puedan
determinar mejor los costos.
Si un proveedor de servicio celular,
después de notificar a la FCC que va a participar, decide no
enviar las alertas, tiene que notificar a sus abonados y a la
FCC al menos 60 días antes de retirar su decisión de participar.
Los proveedores que se retiren del CMAS tienen que permitirles a
sus abonados terminar el servicio sin pagar por terminar el
contrato antes de tiempo ni otro tipo de penalidad. Los
proveedores que se retiren también tienen que notificar a los
abonados individuales su derecho en un lenguaje claro y
evidente.
¿Y si no quiero recibir Alertas Celulares de Emergencias?
Usted puede optar por no recibir las alertas
de Amenazas Inminentes y alertas de Secuestro de Niños/AMBER,
pero no las Alertas Presidenciales. Por lo tanto, si su
proveedor participa en el programa, aunque usted opte por no
recibir las alertas va a recibir las Alertas Presidenciales que
contendrán información sobre las amenazas más graves. Puede ser
que su proveedor no le cobre por cada mensaje de alerta que
reciba, pero puede considerar como un factor su participación en
el CMAS para determinar lo que cobra por su servicio en total.
Cuando el CMAS esté operando, su proveedor le comunicará cómo
puede optar por no recibir las alertas si usted lo decide.
|
Si desea obtener más información
Si desea obtener más información sobre los temas de
telecomunicaciones, visite el sitio en Internet de la Oficina de Asuntos
Gubernamentales y del Consumidor de la FCC en www.fcc.gov/cgb,
o comuníquese con el Centro del Consumidor de la FCC por correo electrónico a
fccinfo@fcc.gov; llamando al 1-888-CALL-FCC
(1-888-225-5322) voz o 1-888-TELL-FCC (1-888-835-5322) TTY; por fax al
1-866-418-0232; o escribiendo a:
Federal Communications Commission
Consumer & Governmental Affairs Bureau
Consumer Inquiries and Complaints Division
445 12th Street, SW
Washington, D.C. 20554.
|
|